SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL
TABLA COLOMBIANA DE MORTALIDAD
Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera (Reemplaza a la Circular Externa 07 de 1996 de la Superintendencia Bancaria)
[3‑1535] PARTE II, TIT IV, CAP II, NUM 3, SUBNUM 3.6.4.Tabla Colombiana de Mortalidad de los Asegurados.
La referencia a las tablas de mortalidad de asegurados vigentes en Colombia se encuentra en el anexo 4 del presente Título.
TABLA COLOMBIANA DE MORTALIDAD
Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera (Reemplaza a la Circular Externa 07 de 1996 de la Superintendencia Bancaria)
[3‑1536] PARTE II, TIT IV, Anexo Tabla Colombiana de Mortalidad de los Asegurados. La Tabla de Mortalidad de Asegurados Experiencia 1998 – 2003 se encuentra consagrada en la Resolución 1112 de 2007
TABLAS COLOMBIANAS DE MORTALIDAD DE LOS ASEGURADOS – EXPERIENCIA 1998-2003
CONVENCIONES APLICABLES:
x = edad actuarial para el sexo masculino
l(x) = número de sobrevivientes a edad x
d(x) = número de muertos entre las edades x y x+1.
q(x) = probabilidad de morir entre las edades x y x+1
p(x) = probabilidad de sobrevivir a la edad x
eo(x) = vida probable o esperanza de vida a la edad x.
µ(x) = fuerza de mortalidad a la edad x
y = edad actuarial para el sexo femenino
l(y) = número de sobrevivientes a edad y
d(y) = número de muertos entre las edades “y” y “y+1”.
q(y) = probabilidad de morir entre las edades “y” y “y+1”.
p(y) = probabilidad de sobrevivir a la edad y
eo(y) = vida probable o esperanza de vida a la edad y
µ(y) = fuerza de mortalidad a la edad y
XXX IMAGEN TABLA 2
NOTA DE FASECOLDA: No obstante estar vigente la Tabla de Mortalidad de los Asegurados experiencia 1998-2003 que se acaba de trascribir, a continuación se presenta la Tabla de Mortalidad correspondiente al periodo 1984-1988
TABLA COLOMBIANA DE MORTALIDAD DE LOS ASEGURADOS 1984-1988
CONVENCIONES APLICABLES A TODAS LAS TABLAS
x = edad actuarial para el sexo masculino
lx = número de sobrevivientes a edad x
dx = número de muertos entre las edades x y x+1.
qx = probabilidad de morir entre las edades x y x+1
px = probabilidad de sobrevivir a la edad x
ix = probabilidad de invalidarse a edad x
eox = vida probable o esperanza de vida a la edad x.
Y = edad actuarial para el sexo femenino
ly = número de sobrevivientes a edad y
dy = número de muertos entre las edades “y” y “y+1”.
qy = probabilidad de morir entre las edades “y” y “y+1”.
Py = probabilidad de sobrevivir a la edad y
Iy = probabilidad de invalidarse a edad yeoy = vida probable o esperanza de vida a la edad y
µ(x) = fuerza de mortalidad a la edad x
TABLA COLOMBIANA DE MORTALIDAD DE LOS ASEGURADOS – 1984 – 1988
XXXX TABLA 3
ESTADÍSTICAS DE MORTALIDAD
Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera (Reemplaza a la Circular Externa 07 de 1996 de la Superintendencia Bancaria)
[3‑1537] PARTE II, TIT IV, CAP II, NUM 3, SUBNUM 3.6.1.1 Estadísticas de Mortalidad.
Anualmente, antes del 9 de agosto, todas las aseguradoras deben allegar la información correspondiente a las pólizas de vida individual del período anual inmediatamente anterior, con corte al 15 de junio, para cuyo efecto a continuación se señala la metodología que deben utilizar.
3.6.1.1.1. Período de observación y convención sobre fechas: Se establece como período de análisis el comprendido entre el 15 de junio de cada anualidad y el 15 de junio del año siguiente. Para todos los efectos, debe asumirse como 15 el día del mes de una fecha dada.
3.6.1.1.2. Selección: Deben incluirse todos los asegurados en vida individual cuyas pólizas hayan sido expedidas con calificación de riesgos estándar y expuestos, vale decir, aquellos que tuvieron uno o más seguros de vida vigentes, dentro del período señalado, excluyendo coberturas anexas de seguro saldado y prorrogado producidos por dividendos de pólizas básicas, lo mismo que los anexos temporales, incluyendo los prorrogados, saldados y extendidos por acción del valor de cesión de la póliza básica, los anexos por esposa y las pólizas conjuntas, cuyo tratamiento se indica más adelante.
3.6.1.1.3. Atributos: Los resultados deben clasificarse según los siguientes atributos, los cuales se deben anotarse como aquí se indica:
- Sexo: Subíndice izquierdo: m (masculino) y f (femenino)
- Causa de muerte: Superíndice derecho: n (Natural), a (Accidental) y h (Homicidio).
- Edad: Subíndice derecho. Para su cálculo se utilizará el criterio de la edad actuarial “x”, a saber: la edad actuarial x de una persona es el entero más próximo a su edad exacta z, o sea: