SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LIQUIDEZ - SARL
Circular Externa 100 de 1995 de la Superintendencia Bancaria, adicionada por la Circular Externa 016 de 2008 de la Superintendencia Financiera
[2–0662] TIT I, CAP 6. Reglas Relativas al Sistema de Administración del Riesgo de Liquidez- SARL
NOTA DE FASECOLDA: El Sistema de Administración del Riesgo de Liquidez (SARL) fue incorporado en el Capítulo VI del Título I de la Circular Externa 100 de 1995 (Circular Básica Contable y Financiera) de la Superintendencia Bancaria, mediante la Circular Externa 016 de 2008 de la Superintendencia Financiera, Dicha Circular Subrogó en su integridad el antiguo Capítulo VI referente a Gestión de Activos y Pasivos. De acuerdo con el numeral 3 del citado Capítulo, el SARL aplica a los establecimientos de crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades fiduciarias y las entidades que administren carteras colectivas y/o fondos o patrimonios autónomos distintos a los de seguridad social